La libertad religiosa es un derecho humano. Son los padres quienes
tienen la responsabilidad de dar a sus hijos la educación que mejor les
parezca. Al respecto, la labor del Estado es únicamente subsidiaria. Si la
persona se ve obligada por una ley que contradice su fe religiosa o sus
convicciones, puede apelar a la objeción de conciencia.
Viernes 27 de julio de 2012. México, DF. En el marco de la XIV Edición
de la Feria del Libro Católico, en la
Plaza Mariana de la Villa de Guadalupe, se presentó el libro Hacía
una nueva laicidad cuyo autor es José Enrique Mendoza Delgado. La
presentación corrió a cargo del Lic. Gerardo Cruz, investigador del Instituto
Mexicano de Doctrina Social Cristiana (IMDOSOC).
Laicismo y laicidad
El Lic. Gerardo Cruz hace
distinción entre laicismo y laicidad. El laicismo es una corriente de
pensamiento antirreligioso, que no respeta la libertad de conciencia y busca
obligar mediante la ley a actos que los creyentes no harían por no ir acorde
con la fe que profesan. En cambio, la laicidad respeta la libertad religiosa y
la conciencia de la gente.
“La laicidad es un problema no
sólo de México, sino del mundo, de todas las culturas y religiones. Laicidad
implica el derecho humano de la libertad religiosa. Hay un laicismo impulsado
por el Estado que niega la religión. China, es por hoy, un claro ejemplo donde
este derecho se ve obstruido por el Estado que busca controlar el desempeño de
la Iglesia. Por parte de la Iglesia Católica se impulsa una laicidad que exige el
respeto al derecho de libertad religiosa.
Dentro de la laicidad el Estado
respeta la conciencia de la gente. No impone nada que vaya en contra de este derecho
tan íntimo de cada quien de creer en lo que quiera siempre y cuando no atente
contra el bien común. Los talibanes, por ejemplo, dicen profesar una religión,
pero son terroristas. Una creencia se valida por el respeto y la búsqueda del
bien común.
Benedicto XVI dice que el respeto
es la base de la convivencia en un mundo plural y contrastante, pero también
acusa a leyes laicistas de no respetar el derecho humano de la libertad
religiosa. Los laicistas piden que los católicos no intervengan en cosas
públicas, buscan expulsar de la sociedad lo religioso. En algunos países de
Europa y en Estados Unidos está surgiendo una nueva aversión hacia la religión
por parte de grupos laicistas y desde el poder que buscan prohibir la enseñanza
religiosa y prohibir signos religiosos en instituciones educativas privadas o
públicas”.
Libertad religiosa
El investigador del IMDOSOC
recurre a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) para
enfatizar que un derecho fundamental es la libertad de religión para vivirla no
sólo en lo privado, sino en lo público, y para enseñarla, practicarla y
observarla. Enfatiza que nadie tiene derecho alguno de pasar por encima de esta
derecho humano. El Estado debe garantizar este derecho y nunca impedir que sean
los padres quienes tengan la responsabilidad de educar a sus hijos en la
religión que mejor les parezca.
“La libertad religiosa es un
derecho humano de profesar una religión sin coacción alguna. Es este el tema
del libro que tiene por base el número 18 de la DUDH que dice: ´Toda persona
tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este
derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la
libertad de manifestar su religión o su creencia, individual o colectivamente,
tanto en público como en privado por la enseñanza, la práctica, el culto y la
observancia´.
En la Europa del siglo XVI la
gente no tenía otra opción más que la religión del rey según el principio cuius regio, eius religio (de tal reino, tal religión). No fue sino
hasta 1948 que, con la DUDH, se reconoció la libertad de profesar o de cambiar
la creencia que mejor le parezca a la persona. La libertad religiosa es el
fundamento de todas las libertades. Ella, dice el Papa, promueve el progreso de
los pueblos. En efecto, donde no se respeta esta libertad han existido graves
violaciones a los derechos humanos, pensemos tan sólo en la Alemania nazi, la ex
Unión Soviética, China y Cuba.
La libertad del hombre tiende a
la libertad religiosa y tiene el derecho a educar a sus hijos en la fe que
mejor le parezca. El Estado no puede imponer una educación contraria a las
creencias de las personas, su labor es subsidiaria, es decir, debe facilitar y
garantizar ese derecho a los padres”.
Objeción de conciencia
El presentador define la objeción
de conciencia como el derecho que tiene la persona a no obedecer ninguna ley
que vaya en contra de su fe religiosa. El Estado debe respetar este derecho y
jamás tomar represalias contra la persona que busca ser coherente con su
creencia.
“La libertad religiosa está antes
que cualquier obligación que por ley impone el Estado, pues la persona puede
apelar a la objeción de conciencia si tal obligación va en contra de su fe
religiosa o sus convicciones. Pensemos en los casos de aborto, eutanasia, el
“matrimonio” entre homosexuales que no van acordes con la doctrina cristiana.
Si el Estado promulga leyes que
van contra la vida o afectan la fe de los creyentes, éstos pueden luchar porque
se revoquen. También pueden decidir en qué pueden invertirse sus impuestos de
modo que no vayan a parar al sostenimiento de actividades que no apoyan en
conciencia, sino a aquellas de carácter social y de infraestructura para el
bien común”.
Artículo 24
El Lic. Gerardo Cruz terminó su
presentación no sin antes hacer mención a la reciente reforma al artículo 24 de
la Constitución que no aporta nada nuevo, más bien, sigue señalando la
limitación a la práctica de la fe religiosa al hablar tan sólo de "convicciones
éticas" para el ejercicio libre del culto sin fines políticos, pero la libertad
religiosa es más amplia.
“En México hubo por muchos años
separación entre el Estado y la Iglesia. A 20 años de celebrarse las relaciones
con el Estado Vaticano aún existen ciertas lagunas en materia de libertad
religiosa. La reforma al artículo 24 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos no abona nada a la libertad religiosa. Dice que puede llevarse
a cabo el culto siempre y cuando no se use con motivos políticos. La autoridad
interpretaría qué es lo político en el culto. El artículo habla de libertad de
“convicciones éticas”, pero no habla del respeto a la práctica, observancia y
enseñanza de la religión como lo estipula el Pacto de San José. Aún en colegios
católicos, por ejemplo, estaría prohibida la existencia de crucifijos.
Además, dicho artículo sólo
reconoce como ministros de culto a los sacerdotes católicos, no reconoce así a
los ministros de otras confesiones”.
La Feria del Libro Católico
empezó el día 25 de julio y terminará el día 5 de agosto del presente año.
Participan distintas editoriales católicas quienes llegan a conformar hasta 24
estantes.
El autor del libro es consejero
del IMDOSOC. Sus obras: La guerra de los
cristeros. De la doctrina social a la guerra. Miguel Agustín Pro, mártir de la
fe.